Licencia de obra menor
Fecha
- Código del procedimiento
- Licencia de obra menor
- Denominación
- Licencia de obra menor
- Objeto
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Realización de las siguientes obras:
- Obras de sencilla técnica y que no precisen elementos estructurales,
- Las de reforma que no supongan alteración del volumen, del uso principal de las instalaciones y servicios de uso común o del número de viviendas o locales, ni afecten a la composición exterior, a la estructura o a las condiciones de habitabilidad o seguridad.
- Las que se encuentren tipificadas como invernaderos en la calificación del Registro Catrastral - Forma de iniciación
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A instancia de parte
- Órgano encargado de su resolución
- Concejal dlegado de urbanismo
- Norma de atribución de la competencia
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Por delegación de la Alcaldía, efectuada por Decreto nº 2104/2007, de 27 de agosto de 2007
- Negociado Responsable de la tramitación
- Negociado Municipal de Urbanismo
- Dirección donde obtener más información
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c/. Canalejas, nº 1-2ª planta
30870 Mazarrón (Murcia) - Plazo máximo para resolver
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-1 meses desde la solicitud si la obra no requiere licencia de actividad
-6 meses desde la solicitud si la obra requiere licencia de actividad - Solicitantes
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Cualquier persona que tenga la condición de interesado
- Requisitos de solicitantes
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-Presentar la correspondiente solicitud acompañada de los documentos preceptivos
-Pago de la tasa por tramitación del expediente
-Pago del ICIO - Documentación a aportar
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-Solicitud expresando el alcance de las obras
-Presupuesto de ejecución material
-Acreditación de la representación si se actúa en nombre de otra persona
-Justificación del pago de la tasa por tramitación de expedientes - Forma y plazo de pago/cobro
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-La tasa por tramitación del expediente debe abonarse antes de la presentación de la solicitud.
-El ICIO se devenga una vez que se realicen las obras pero se liquida provisionalmente al emitirse la licencia de obras.
- Recursos contra la resolución
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-Potestativo de reposición ante el órgano que haya dictado la resolución, en el plazo de un mes
-Contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso de Murcia en el plazo de dos meses - Efectos presuntos del silencio administrativo
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Estimatorios
Se entenderán denegadas las que afecten a bienes de dominio público, a bienes de interés cultural y a los espacios protegidos por la legislación sectorial correspondiente. - Fin a la vía administrativa
- Si
- Normativa legal
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-Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo.
-Texto Refundido de la Ley del Suelo de la Región de Murcia, aprobado por R.D. Legislativo 1/2005, de 10 de junio.
-Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación
-Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.
-Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
-Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, aprobado por Decreto de 17 de junio de 1955.
-Real Decreto 2187/1978, de 23 de junio, por el que se establece el Reglamento de disciplina urbanística
-Ordenanza Reguladora de la tasa por la realización de la actividad administrativa de otorgamiento de licencias urbanísticas .
-Ordenanza Fiscal Reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras
-Plan General de Ordenación Urbana de Mazarrón