COMIENZA EL PLAZO DE SOLICITUD DE SUFRAGIO PARA LOS RESIDENTES EXTRANJEROS DE PAÍSES CON ACUERDOS

Del 1 de diciembre al 15 de enero, la Oficina de Censo Electoral recabará las solicitudes para conformar el número total de votantes de origen extranjero

El día 24 de mayo de 2015 se celebrarán elecciones municipales. Para la formación del censo electoral de extranjeros residentes en España (CERE), la Oficina del Censo Electoral (OCE) comunica que el plazo para la solicitud de voto para los ciudadanos residentes procedentes de países con Acuerdos es del 1 de diciembre de 2014 al 15 de enero de 2015.

Los Países con Acuerdos en vigor son: Bolivia, Cabo Verde, Chile, Colombia, Corea, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay, Perú y Trinidad y Tobago.

Las condiciones que deben reunir para tener derecho a la inscripción son:

Ser mayor de dieciocho años y no estar privado del derecho de sufragio activo.

Estar inscrito en el Padrón municipal de habitantes.

Estar en posesión de la autorización de residencia en España.

Haber residido legalmente en España el tiempo exigido en el correspondiente Acuerdo, cinco años en el momento de la solicitud o tres años el día de la votación para los nacionales de Noruega). Este requisito se podrá justificar aportando un certificado de residencia expedido por la Comisaría de Policía.

Para los nacionales de países de la Unión Europea el plazo termina el 30 de diciembre de 2014.

Toda la información y los procedimientos para efectuar las solicitudes se pueden descargar en el archivo adjunto al pie de esta página.