Certificados urbanisticos

Fecha

Código del procedimiento
3.04.06
Denominación
Certificados urbanisticos
Objeto

Informar sobre el régimen urbanístico aplicable a una finca o sector

Forma de iniciación

A instancia de parte

Órgano encargado de su resolución
La alcaldía
Norma de atribución de la competencia

Art. 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, en relación con el art. 153.2 del TRLSRM

Negociado Responsable de la tramitación
Negociado Municipal de Urbanismo
Dirección donde obtener más información

c/. Canalejas, nº 1-2ª planta
30870 Mazarrón (Murcia)

Plazo máximo para resolver

Un mes contado a partir de la solicitud (art. 153.4 del TRLSRM)

Solicitantes

Cualquier persona interesada en conocer la calificación urbanística de una finca

Requisitos de solicitantes

-Presentar la correspondiente solicitud aportando los datos necesarios para la identificación de la finca o sector
-Pagar la tasa administrativa correspondiente (48 euros)

Documentación a aportar

-Solicitud conforme al modelo oficial
-Plano de situación de la finca, conforme al PGOU
-Acreditación del pago de la tasa administrativa

Forma y plazo de pago/cobro

- La tasa por tramitación del expediente debe abonarse antes de la presentación de la solicitud.

Recursos contra la resolución

-Potestativo de reposición ante el órgano que haya dictado la resolución, en el plazo de un mes
-Contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso de Murcia en el plazo de dos meses

Efectos presuntos del silencio administrativo

Estimatorios
Lo efectos se limitan a la obligación de emitir el certificado

Fin a la vía administrativa
Si
Normativa legal

-Texto Refundido de la Ley del Suelo de la Región de Murcia, aprobado por R.D. Legislativo 1/2005, de 10 de junio.
-Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.
-Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
-Ordenanza Reguladora de la Tasa por la realización de la actividad administrativa de expedición de documentos administrativos

Observaciones

Este procedimiento se tramita en dos fases, una municipal que concluye con el informe municipal acerca de la construcción proyectada y una autonómica que resuelve el asunto autorizando o no la misma